SECTOR FEDERAL FERROVIARIO UGT
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1/04/2024 GRUPO RENFE | FORMACIÓN

Accede a los nuevos cursos en UGT EntreRaíles 

Desde abril de 2024 comenzaron los nuevos cursos para la movilidad funcional comercial de nuestra plataforma ENTRERAÍLES para las convocatorias de: Operador Comercial N2 de ingreso, Operador Comercial N1, Operador Comercial N2 Especializado en Centros de Gestión.

A estos cursos, que se actualizaron para los compañeros de Renfe, los cuales contamos con más detalles  en nuestro Comunicado 101.23. Desde UGT ponemos a disposición de las personas trabajadoras que están preparando las nuestros cursos de formación en la Plataforma online ‘EntreRaíles’, tanto para nuestros afiliados de Renfe cómo de ADIF. 

Así cómo, para aquellos que quieran formar parte de estas empresas ferroviarias, tenemos material de preparación para las OPEs y OEPs de  este año, 2024. Tenéis un enlace para solicitar el acceso a la formación pinchando en este texto,  en la pesteña de Formación/Empleo,  o también podéis escanear el código QR de la imagen que se encuentra a la derecha.


25/06/2024 GRUPO RENFE | CATEGORÍAS DE INGRESO

Categorías de ingreso.

UGT logra una solución para la eliminación de la categoría de ingreso

25 de junio de 2024. Tras las reuniones mantenidas desde UGT con el ministerio y con Renfe para alcanzar un acuerdo que desbloque la eliminación de las categorías de ingreso de los trabajadores y trabajadoras de la empresa, a la par que fuese acorde con la respuesta del informe emitido por las Administraciones correspondientes, todo ello sin soslayar los derechos de los compañeros y compañeras que tantos años llevan trabajando.
Esta mañana se ha reunido la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo del Grupo Renfe para abordar posibles soluciones y propuestas concretas para conseguir finalmente la eliminación de las categorías de ingreso, cumpliendo el acuerdo del año 2023 en su totalidad.

14/06/2024 ADIF/ ADIF A.V. |  JORNADA 35 HORAS

 Jornada 35 horas
  
UGT cumple con la plantilla de ADIF; tenemos jornada de 35 horas

14 de junio de 2024.  Como dice el proverbio: " todo esfuerzo tiene su recompensa, pero quedarse en las palabras solamente lleva a la pobreza.

En el día de hoy, contra un viento y marea agitado por la Dirección de Personas de la empresa e incluso algunos sindicatos, hemos firmado el acuerdo para la implantación en ADIF y ADIF AV la jornada laboral de las 35h para que empiece a implantarse a partir del lunes, estropeándole el discurso a algunos catastrofistas que ya se relamían en sus respectivos comunicados.

 Comunicado 39.24

Últimos comunicados


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09/02/2022

13.22: Contratas Ferroviarias | XXIII Convenio Colectivo | Las patronales continúan ralentizando la negociación

Esta mañana, se ha vuelto a reunir la Mesa de Negociación del Convenio Colectivo con el fin de tratar de modo monográfico las subrogaciones parciales y la clasificación profesional, como había demandado la parte social. Ambo temas son aspectos imprescindibles en la negociación de este convenio, como así hemos manifestado de manera reiterada en UGT, y nos han secundado el resto de la parte social y las patronales.
No obstante, la voluntad de las patronales parece quedar en meras palabras, pues se habían comprometido a entregarnos a las Organizaciones Sindicales una serie de documentos relativos a las subrogaciones parciales, que aún seguimos esperando. Su excusa, la falta de reuniones previas para consensuar su postura al respecto.
Los problemas con las subrogaciones parciales son continuos. Además, estos problemas conllevan reclamaciones judiciales por parte de los trabajadores y trabajadoras que o se quedan sin subrogar o se les modifica de manera indebida sus condiciones laborales. Es consecuencia, desde UGT, en representación de la plantilla, solicitamos una regulación de esta situación en el Convenio Colectivo, pero no entendemos la parsimonia de las patronales para tratar el asunto.
Desde UGT, hemos manifestado los elementos claves que debe contener dicha negociación, una vez se pongan de acuerdo las empresas en cuanto a las horas o tiempos que tiene cada tren:
• Que las subrogaciones afecten al menor número de trabajadores y trabajadoras posibles.
• Que preferentemente se subroguen jornadas completas.
• Que en el caso que algún trabajador o trabajadora vea partida su jornada entre dos empresas, no se vean afectadas sus condiciones laborales (horario, descansos, vacaciones, etc.).
Para que esto suceda correctamente, es necesario que todo quede bien regulado en el Convenio Colectivo y que la información tal como las programaciones, la identificación de trenes y el cambio de material objeto de la subrogación, llegue con anterioridad suficiente tanto a las empresas y como a la RLT, así como conocer con la anticipación necesaria la plantilla afectada por cada centro de trabajo. Este dato es fundamental para definir el esfuerzo que debe realizar la empresa entrante para integrar a los subrogados y subrogadas en sus plantillas, sin que ello suponga modificarles sus condiciones laborales. No en vano, se entiende que los trabajadores no están adscritos a ningún tren en concreto, sino a la carga total de trenes y tipos de limpieza que se hacen en el centro.
En cuanto al otro tema fundamental objeto de la reunión de hoy, la clasificación profesional, hemos manifestado la necesidad de abordar lo obsoleto que actualmente está este aspecto en el Convenio. Durante años no se ha tratado este asunto, y existe una necesidad imperiosa de clasificar profesionalmente al personal, teniendo en cuenta las funciones, especialidades y responsabilidades o las labores desempeñadas por los trabajadores y trabajadoras, para que de esta manera los trabajos de igual valor se retribuyan de una manera igualitaria.
Este principio resulta del todo obviado en cuanto a los niveles 5 (especialista) y 6 (limpiador/a) de la actividad de limpieza, haciendo que el ultimo nivel, el nivel 6 de limpiador o limpiadora, termine asumiendo tareas que corresponderían al nivel superior de especialista (nivel 5). Entre dichas labores se encuentran: las tareas de limpieza de grafitis, dotación de agua de los vehículos ferroviarios o vaciados de WC´s, soplado de los trenes, etc.
Desde UGT, solicitamos la aclaración de las funciones de ambas categorías y, en todo caso, el cambio de nivel a los trabajadores y trabajadoras que de manera habitual vienen realizando tareas de categoría superior, y no se acota cuando se deben sacar las plazas a concurso. De esta manera, la polivalencia de los trabajadores se vería retribuida de manera adecuada conforme a aclarar las funciones exactas de cada nivel. Asimismo, como alternativa, proponemos unificar los dos últimos niveles salariales.
También, solicitamos retribuir mediante pluses las actividades especificas, como son los trabajadores que hacen de pilotos de vías, brigada, piloto de catenarias, etc. otorgando a estos la habilitación correspondiente, así como un plus de conducción para aquellos trabajadores y trabajadoras que conduzcan vehículos de la empresa o quienes conducen los vehículos eléctricos de residuos sólidos y no sea de manera exclusiva. De ser esto último, se les otorgaría la categoría correspondiente.
Por otra parte, instamos a aclarar las categorías para el personal de maniobras, personal de circulación o de intervención de operaciones en el tren, las cuales no están bien recogidas en el Convenio.
Por último, demandamos ordenar por actividad o niveles las categorías, tal y como vienen recogidas en el Convenio, para identificar fácilmente las mismas.
Ante la actitud pasiva de las patronales, la parte social hemos decidido aunar esfuerzos para consensuar propuestas y textos, con el fin de hacer que avance de adecuadamente la negociación y ésta se agilice, con el objetivo de acordar el nuevo Convenio lo antes posible y permitir con ello que todas las partes conozcan las relaciones laborales y económicas que van a marcar los próximos años.
Finalmente, se han cerrado dos fechas en las próximas semanas para dinamizar la negociación, aparte de la del 17 de febrero que se mantiene con el fin de explicar el resto de la plataforma reivindicativa por la parte social.

 13.22-ccff.pdf


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