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XXIII CONVENIO COLECTIVO CONTRATAS FERROVIARIAS

¡NUEVO!
XXIII Convenio Colectivo


V Convenio Colectivo

Convenio Colectivo Ferrovial

 ¡NUEVO! Tríptico explicativo del XXIII Convenio Colectivo de Contratas Ferroviarias

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Servicios Complementarios | Últimos comunicados


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28/02/2023

31.23: Serv. Auxiliares y Att. al Cliente | SMI | UGT considera que parte de la plantilla de Servicios Auxiliares no alcanza el SMI

Tras la aprobación del Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el cual el Salario Mínimo Interprofesional anual queda fijado en 15.120 € brutos anuales, desde UGT procedimos a la revisión del V Convenio Colectivo Sectorial Estatal de Servicios Externos Auxiliares y Atención al Cliente en Empresas de Servicios Ferroviarios con el fin de detectar la posibilidad de que el salario de los trabajadores y trabajadoras sujetas a este Convenio estuvieran por debajo del importe anual establecido por el mencionado Real Decreto.
Desde UGT, consideramos que para realizar el cálculo no se debe tener en cuenta el Plus Transporte ni el Plus Vestuario recogidos en el convenio, ya que tienen carácter extrasalarial y, desde el punto de vista legal, estas cantidades se abonan por suplido de gastos asumidos por la persona trabajadora para el mantenimiento del vestuario y el trasporte desde el domicilio al puesto de trabajo.
En consecuencia, consideramos que al excluir estos dos conceptos, sí habría personas trabajadoras encuadradas en el grupo III (personal auxiliar) que podrían encontrarse por debajo del SMI, sobre todo aquellas que son de nuevo ingreso o que lleven pocos años en el servicio.
Con el fin de aclarar y ofrecer una salida negociada a la situación, nos hemos dirigido a las patronales y al resto de sindicatos firmantes del convenio, para convocar una reunión de la Comisión Paritaria que nos permita alcanzar un acuerdo al respecto y conseguir que ninguna trabajadora o trabajador de los Servicios Auxiliares y Atención al Cliente tengan un salario menor que el SMI y, por lo tanto, no acorde con la legislación vigente.
No obstante, ya adelantamos que la postura de UGT al respecto es firme y que no consentiremos que ninguna persona trabajadora sujetos al V Convenio Colectivo tenga un salario que no alcance lo que el Real Decreto 99/2023 fija como el SMI para 2023.
Por ello, en caso de no existir acuerdo al respecto, desde UGT continuaremos con los pasos necesarios para acudir a la Audiencia Nacional y que sean los tribunales quienes decidan sobre las actuaciones que deban producirse para asegurar que el salario de los trabajadores y trabajadoras de los Servicios Auxiliares se configure conforme a la legislación vigente.
En definitiva, desde UGT vamos a continuar con la defensa de los derechos de los trabajadores y trabajadoras de los Servicios Auxiliares, ya sea por la vía del acuerdo en la Comisión Paritaria, o a través de otros medios como los judiciales.

 31.23-serv-auxiliares.pdf


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