III Convenio Colectivo del Grupo RENFE 2022/2024(Texto final firmado 24.05.2023) Guía sobre Jubilación parcial | TABLAS SALARIALES 2024 | TABLAS SALARIALES 2023 |
Ayer, asistimos a una nueva reunión de la Comisión Técnica de comercial, cuya convocatoria tuvo carácter de urgencia por la problemática en torno a los gráficos internacionales para el colectivo de intervención.
Para contextualizar la situación, ya el día anterior, 24 de julio, se celebró una reunión en Barcelona, primera residencia afectada, para tratar dichos gráficos, en la cual la empresa reaccionó a las presiones de UGT con una propuesta maliciosa, más cercana a un gráfico de castigo que a unos turnos propuestos para mejorar las condiciones del personal afectado.
Ante nuestra oposición, en la reunión de la Comisión Técnica presentaron dos propuestas mejoradas, a las que UGT vamos a sumar nuestra propia propuesta con la firme intención de alcanzar un acuerdo beneficioso para los trabajadores y trabajadoras de Intervención internacional.
El documento presentado por la empresa es muy básico, pero nos muestra el camino que pretenden seguir, lo que nos permite interponer una nueva Comisión de Conflictos que afine más en los objetivos que nos hemos fijado y nos permita avanzar sustancialmente en un nuevo apartado del Marco Regulador de Internacional, dentro del Marco de Servicios Comerciales.
Desde UGT, consideramos que lo lógico era esperar a la reunión de ayer para que la empresa nos proporcionara los datos necesarios, además de darnos la oportunidad de solicitar aquellos que creemos imprescindibles para la negociación como son: la necesidad de fijar dos interventores/as por tren, la negociación de las claves 447 y 047 para el gráfico de internacional, la incorporación de los acuerdos de cuadros de servicios transfronterizos que ya disfrutan los compañeros y compañeras de Mercancías, la obligatoriedad de que cualquier pago o copago en Francia sea sufragado por la empresa desde el minuto uno y, sobre todo, que se vean reconocidas las nuevas funciones a desarrollar en el país vecino, ya que las condiciones de trabajo allí con distintas a las realizadas aquí en algunos casos.
Por todo ello, en UGT consideramos que debemos plasmar muy concienzudamente el apartado de internacional en el Marco Regulador y, por supuesto, la fecha de inicio de aplicación de esas condiciones debe ser desde el primer día de trabajo en el gráfico, ya sea éste implantado bajo el acuerdo o por imposición de la empresa.
En consecuencia, desde UGT convocaremos en breve a la Comisión de Conflictos y le daremos una nueva oportunidad a la empresa para de solucionar la problemática por la vía de la negociación, pero siempre teniendo en cuenta las reivindicaciones de las personas trabajadoras afectadas, que coinciden con los objetivos que nos hemos fijado en UGT.
Documentación y enlaces de interés
Acuerdo de Desarrollo Profesional | III Convenio Colectivo Grupo RENFE 2022 - 2024 |
II Plan de Igualdad | Normativa laboral |
Plan de Formación 2019 | Plan de Prevención 2018 |
Los contenidos que se proporcionan aquí no se pueden mostrar debido a su configuración de cookies actual.
Puede que este sitio web ofrezca contenido o funcionalidades que proporcionan terceros bajo su propia responsabilidad. Estos terceros pueden establecer sus propias cookies, p.ej. para hacer un seguimiento de la actividad del usuario o para personalizar y optimizar sus ofertas.
Este sitio web utiliza cookies para proporcionar una experiencia de usuario óptima a los visitantes. Ciertos contenidos de terceros solo se muestran si "Contenido de terceros" está habilitado.