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25/09/2024

58.2024. ADIF/ADIF AV | UGT vuelve a ganar en el Supremo

Como ya sucedió en casos anteriores, véase las horas extraordinarias a valor de la hora ordinaria, media de vacaciones, etc. UGT ha vuelto a ganar a las empresas ADIF y ADIF AV en el Tribunal Supremo un juicio, el cual no tenía que haberse producido de no ser por la tozudez en lo absurdo e ilegal de la anterior cúpula del ADIF.

UGT sigue consiguiendo frenar las tropelías de las empresas, ya sea por la vía de la negociación o como es el caso que nos atañe, sin temblarnos la mano, por la vía de los tribunales.

Fuimos los primeros en pedirle a la empresa el derecho al cobro de la gratificación por título, clave 32, desde la firma del contrato a aquel personal que superó el proceso selectivo de la OEP de 2020,2021 y 2022 (también la reciente de 2023) para el Personal Operativo, tal y como está recogido en el II Convenio Colectivo de ADIF y ADIF AV.

UGT ha logrado que se reconozca el derecho de todos los trabajadores y trabajadoras ingresados en ADIF, a quienes en la convocatoria PNI20/01 se les abonó esta clave, posteriormente se les descontó la gratificación por título, desde UGT reivindicábamos que se les restituya la cuantía descontada, además se les abone dicha clave desde el momento de la firma del contrato y así lo recoge la sentencia de la Audiencia Nacional ratificada en el Tribunal Supremo.

Con esta sentencia esperamos que esta nueva dirección de ADIF y ADIF Alta Velocidad restituya a los trabajadores afectados en la convocatoria PNI20/01 del dinero que les descontó y que, a los afectados de convocatorias posteriores, se les abone las cantidades que les han dejado de abonar por este conceto desde que firmaron su contrato de trabajo. Como así queda reflejado en la sentencia.

De no ser así, informamos a los trabajadores y trabajadoras afectados que se pongan en contacto con los delegados de UGT de sus territorios para que les hagan las reclamaciones de haberes correspondientes para que la empresa abone esas cantidades adeudadas, haciendo cumplir la sentencia a la empresa.

 ADIF. Com 58. Sentencia OEP 2020.pdf


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