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20/01/2022

6.22: ADIF | CGE | Aún quedan sombras con el abono de los descansos no disfrutados y el complemento de formación

Ayer, la Dirección de RR.HH. nos comunicó oficialmente la autorización del Ministerio de Hacienda para implementar el acuerdo suscrito el 10 de noviembre, que estaba comprometido para firmarse a primeros de julio, y que la burocracia retrasó hasta noviembre. Los términos presentados vienen a refrendar lo acordado y que se basa en el documento trabajado por UGT, como ya os informábamos en el Comunicado 83.21 y el Comunicado 84.21.
En este sentido, la Dirección de RRHH, nos informó que se va a proceder al abono de aquellos descansos generados y no disfrutados en 2021, y que no podía realizarse hasta el momento, dejando claro que no se tratará de un complemento habitual en nómina, sino que abonarán únicamente aquellos que sean estrictamente necesarios, y siempre que el trabajador o trabajadora no opte por su disfrute.
Desde UGT, solicitamos información sobre las fechas de inicio del abono de las claves de nómina 111 y 113, que son las afectadas por el referido acuerdo en relación al Complemento de Formación para Mandos Intermedios, Cuadros Técnicos y Estructura de apoyo, obteniendo como respuesta que dicho complemento/claves no disfrutan de retroactividad, sino que se abonarán a partir del 1 de febrero, alineándose así con lo expresado por los representantes de la empresa en el Consejo de Formación.
Desde UGT, hemos manifestado con rotundidad nuestro desacuerdo, además de considerar que, el hecho supuesto de no tener efectos retroactivos, en ningún caso significa que su aplicación se realice a partir de una fecha futura fijada unilateralmente por algún directivo de la empresa. En base a ello, hemos exigido que se abonen los Complementos de Formación como mínimo desde el 10 de noviembre, fecha de firma del acuerdo, como también hacemos constar en la carta enviada a la Dirección de Personas exigiendo el cumplimiento estricto del acuerdo.
En definitiva, en UGT valoramos positivamente que finalmente se ponga en funcionamiento un acuerdo cuyo objetivo es paliar la falta de personal de manera transitoria, hasta que puedan cubrir los puestos con las nuevas contrataciones, dejando claro que en ningún momento puede significar un incumplimiento de la normativa existente ni menoscabar la seguridad.
No obstante, exigimos a la empresa que, después del arduo trabajo realizado para poder aplicar este acuerdo, no venga a enturbiarlo con el intento de aplicaciones parciales y caciquiles del mismo, pues creemos que las personas trabajadoras han dado suficiente muestra de paciencia y compromiso con la empresa como para hurtarles lo que les corresponde por derecho.

 6.22.-adif.pdf


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