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08/07/2020

53.20: ERTE | Ferrovial | Se alcanza un acuerdo para realizar el ERTE en el Lote 1 de Check-in

Esta mañana, tras una prórroga extraordinaria de 24 horas consensuada por las partes, se ha cerrado el periodo de consultas del ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas y productivas planteado por Ferrovial para los servicios de check-in que gestiona en el Lote 1. Tras un intenso debate para intentar acercar posturas, la mayoría de la Comisión Negociadora compuesta por UGT (2 miembros) y CCOO (5 miembros) hemos alcanzado un acuerdo con la empresa para aplicar el ERTE, con importantes mejoras legales y económicas para la plantilla.
A continuación, os enumeramos los principales aspectos y mejoras que componen el acuerdo:
• El ERTE tendrá vigencia desde la firma del acuerdo y se extenderá hasta el 31 de enero de 2021. Este plazo será prorrogable en caso de que no se recupere el servicio en la fecha indicada.
• Se establece un complemento económico de 35 € para los trabajadores y trabajadoras afectados. No obstante, la empresa podrá eliminar el abono de dicho complemento en caso de proponer la desafección a un trabajador o trabajadora y éste negarse por dos veces.
• Asimismo, el trabajador que así lo solicite, podrá percibir la parte proporcional de la paga extraordinaria generada en el mes trabajado junto con la nómina.
• Igualmente, los trabajadores y trabajadoras afectados podrán solicitar un anticipo de la nómina en el periodo que estén en activo, así como un anticipo de la paga extraordinaria devengada.
• La plantilla tendrá una rotación de 30 días naturales, que dará comienzo el próximo 15 de julio. No obstante, la voluntariedad será el primer criterio a tener en cuenta.
• Con respecto a las vacaciones, el trabajador que aún no haya disfrutado del periodo vacacional tendrá la opción de elegir de cuál se le detraen los días no devengados, abriendo así la posibilidad de que pueda disfrutar de las vacaciones de verano íntegramente, previa comunicación a la empresa.
• El personal especialmente sensible (TES) podrá ser incluido en las rotaciones de la plantilla, previa realización de una evaluación a cargo de la mutua que le declare apto.
• En la medida de lo posible, se mantendrán las jornadas y horarios establecidos en los gráficos.
• Se creará una Comisión Técnica de Seguimiento del ERTE en la que se consensuarán las desafecciones en caso de incrementos en el servicio, así como las rotaciones para que, en ambos casos, se cumplan los criterios establecidos.
• Con el fin de facilitar a los trabajadores el cobro del desempleo, la empresa se compromete a realizar las gestiones necesarias con el SEPE, siempre que la regulación permita esta opción.
• También, el acuerdo recoge la necesidad de desafectar a los trabajadores cuando éstos realicen la formación obligatoria.
• Por último, se acuerda el abono a los trabajadores en activo de los pluses devengados y no percibidos.
Desde el inicio del periodo de consultas y aún siendo minoritarios en la Mesa de Negociación, en UGT hemos luchado hasta el último momento por conseguir fijar unos criterios equitativos para la desafección y/o rotación del personal, así como para establecer una cláusula de mantenimiento del empleo que mejorase la legalmente establecida.
Para ello, nuestra principal premisa ha sido intentar que nadie se quedara atrás, aportando estabilidad y tranquilidad a la plantilla. Sin embargo, el reparto representativo en la Mesa de Negociación ha otorgado la mayoría a otra fuerza sindical sobre la que ha recaído la responsabilidad de la negociación.
En definitiva, aunque valoramos positivamente el acuerdo por mejorar los mínimos establecidos en la legalidad vigente, en UGT somos conscientes de que las propuestas de la empresa y el resultado final continúan lejos de nuestras pretensiones, principalmente por considerar poco ortodoxa la distinción entre personal de adscripción voluntaria al ERTE y los no voluntarios.
No obstante, hemos optado por realizar un ejercicio de responsabilidad y firmar el acuerdo, ante la posibilidad de quedarnos fuera de la Comisión Técnica de Seguimiento, encargada de cuidar por el cumplimiento del acuerdo, lo que nos impediría velar por los intereses de los trabajadores y vigilar la aplicación de los criterios de desafección y rotaciones de manera rigurosa y no arbitraria.

 53.20-servicios auxiliares.pdf


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