SECTOR FEDERAL FERROVIARIO UGT
#soyUGT
 

Últimos comunicados


Volver al resumen

02/07/2019

71.19: La Audiencia Nacional determina la falta de legitimidad de CGT para impugnar el Convenio

Tras el juicio celebrado ante la Audiencia Nacional del Conflicto Colectivo interpuesto el pasado 26 de abril por la CGT impugnando el Convenio Colectivo de Servicios Auxiliares y Atención al Cliente, os informamos que la sentencia, emitida con fecha del 26 de junio, ha sido favorable a los intereses de los trabajadores, estimando que la CGT no es un sindicato legitimado para interponer este tipo de demanda, a pesar que la adhesión de CC.OO provoque que dicha demanda siga su curso.
Como recordaréis, en el Comunicado 62.19 mostrábamos nuestra disconformidad ante los preceptos denunciados por esta organización sindical, ya que pretendían reclamar la nulidad de dos aspectos fundamentales que recoge el Convenio a favor de los derechos de los trabajadores de los Servicios Auxiliares y Atención al Cliente.
Por ello, desde UGT además de defender el Nuevo Ordenamiento Laboral (NOL) y el derecho de los sindicatos firmantes del Convenio a estar presentes en el acto de subrogación, alegamos la falta de legitimación activa de la CGT, puesto que este sindicato no acredita que tenga una mínima implantación en el ámbito de aplicación Convenio, no certifica su representación en los órganos unitarios de las empresas y tampoco su nivel de afiliación entre los trabajadores afectados.
De este modo, la Audiencia Nacional ha dictado su sentencia declarando la legalidad de los dos artículos impugnados por CGT, y negando su nulidad en base a los siguientes argumentos:
• Con respecto a la procedencia de que los sindicatos firmantes del convenio puedan estar presentes en el acto de subrogación, el fallo entiende que es lógico que los sindicatos firmantes del Convenio estén presentes en el acto de subrogación para velar por lo acordado, sin que este hecho vulnere el derecho a la libertad sindical ni el principio de igualdad de otras organizaciones y sus representantes.
• En relación al NOL, el fallo se pronuncia positivamente entendiendo que su regulación no veta la posibilidad de ascenso, tal y como defendimos desde UGT y en contra de lo que alegaba el sindicato denunciante.
Desde UGT valoramos positivamente la resolución adoptada por la Audiencia Nacional, ya que los derechos de los trabajadores no pueden quedar en manos de organizaciones sindicales con fines oportunistas y que lo único que persiguen es una cuota de protagonismo en los juzgados que no obtienen en las urnas, principalmente por su demostrada incapacidad para desempeñar la labor sindical con sacrificio y transparencia en beneficio de aquellos a quienes dicen representar.

 71.19-servicios-auxiliares.pdf


Volver al resumen