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29/05/2019

56.19: ADIF entrega su propuesta para la aplicación de las 1.642 horas

Esta mañana se ha constituido la Mesa Técnica de Jornada y Horarios, dando cumplimiento a la Cláusula 8ª del II Convenio Colectivo pluriempresarial de ADIF y ADIF Alta Velocidad.
Os recordamos que los motivos fundamentales para constituir esta Mesa Técnica son el abordar la implantación de la reducción de jornada recogida en el II Convenio Colectivo, que establece una jornada anual de 1.642 horas, en cómputo de 8 horas diarias, a través de una reducción de 10 días anuales de trabajo, así como el acceso a las jornadas flexibles y/o intensivas durante los meses de verano, en aquellos ámbitos donde el servicio lo permita.
Durante la reunión, la empresa ha hecho entrega de un documento que recoge su propuesta con respecto a la reducción de jornada, que establece los días 24 y 31 de diciembre como fechas fijas que formarán parte de dicha reducción. Para el resto de días, divide la propuesta en dos escenarios temporales, diferenciando entre la aplicación para 2019 (reducción de 8 días en 4 meses a contar desde junio) y para años posteriores (reducción de 8 días en 8 meses), y en dos escenarios de aplicación en función de los gráficos de servicio; que sea dominical, semanal o con único turno de trabajo y sin gráfico de servicio, o bien rotativo de lunes a domingo y hasta tres turnos.
En este último caso, será necesario llevar a cabo la sustitución de los actuales gráficos de servicio para adecuarlos al máximo de 205 días de trabajo anuales, para lo cual la empresa se ha comprometido a entregar una propuesta a los Comités Provinciales en un máximo de 20 días desde la firma del acuerdo, quienes contarán con un mes para la negociación. Finalizado este plazo, la empresa impondrá su propuesta sobre los gráficos, que respetará el máximo de 205 días anuales.
Asimismo, se establece la aplicación de la reducción de jornada proporcional para el personal en situación de jubilación parcial así como para los contratos de relevo, hasta la finalización de dichos contratos, o bien su compensación económica en caso de no existir la posibilidad del disfrute de los días de reducción, por verse limitada por dicha duración esos contratos.
Igualmente, la propuesta establece la creación de una Comisión de Seguimiento que vele por el correcto cumplimiento del posible acuerdo.
Desde UGT vamos a realizar un análisis de la propuesta de la empresa, que daremos traslado en la próxima reunión convocada para el 5 de junio, pero teniendo claro nuestros objetivos que se basan en una aplicación igualitaria de la norma con independencia de los gráficos y los diferentes regímenes de descanso establecidos, así como dejar abierta la posibilidad de alcanzar acuerdos alternativos en los Comités Provinciales para su aplicación en el ámbito geográfico concreto.
De la misma forma, consideramos que se debe flexibilizar la aplicación de los días 24 y 31 de diciembre como fechas de reducción, teniendo en cuenta que éstas caigan en sábado o domingo, o bien, la posibilidad de establecer otros días de disfrute diferentes acordados en los Comités Provinciales, como por ejemplo determinadas fiestas locales.

 56.19-adif.pdf


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