SECTOR FEDERAL FERROVIARIO UGT
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19/11/2023 GRUPO RENFE | FORMACIÓN

Accede a los nuevos cursos en UGT EntreRaíles 

El próximo 20 de noviembre de 2023 comienzan los cursos para la movilidad funcional comercial de nuestra plataforma ENTRERAÍLES para las convocatorias de: Operador Comercial Especializado N2, Supervisor Comercial Estaciones, Supervisor Comercial Trenes y Supervisor Comercial Centros Gestión. Desde UGT ponemos a disposición de las personas trabajadoras nuestros cursos de formación en la Plataforma online ‘EntreRaíles’.  Comunicado 101.23

 

 

02/02/2024 SECTOR FEDERAL | CONCENTRACIÓN

Categorías de ingreso. Jornada de 35 horas

Concentración en el Ministerio exigiendo el cumplimiento de los acuerdos firmados con Renfe y ADIF/ADIF AV

02 de febrero de 2024.- Como hemos venido expresando en reiterados comunicados anteriores sobre el incremento de las medidas de presión ante la evidente inacción en relación con la supresión de las categorías de ingreso en todas las empresas del Grupo Renfe, y en coordinación con los compañeros y compañeras de ADIF/ADIF AV, para participar 

 


25/01/2024 ADIF/ ADIF A.V. | COMITÉ GENERAL DE EMPRESA

Comité General de Empresa. Jornada 35 horas
UGT es contundente y coherente: paros, concentraciones y depuración de responsabilidades
25 de enero de 2024.- Hoy se ha reunido el Comité General de Empresa de Adif, y la mayoría de sus miembros han abogado por la unidad de acción sindical para exigir una solución YA al conflicto generado por Adif ante la gestión lamentable de la aplicación de la jornada laboral de 1536 horas:

 Comunicado 5.24


 


Últimos comunicados


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15/07/2019

74.19: ADIF | Conflicto colectivo | UGT demanda el abono de los descansos no disfrutados como horas extraordinarias

El art. 35.1 del Estatuto de los Trabajadores determina que los excesos de jornada no se podrán retribuir por debajo del valor de la hora ordinaria. Asimismo, el 10 de septiembre de 2012, el CGE y la empresa alcanzaron un acuerdo de conciliación en la Audiencia Nacional que fija el valor de la hora extraordinaria así como las claves que tendrían incidencia para su cálculo.
Sin embargo, las cantidades fijadas por el II Convenio Colectivo para la retribución de los ‘Descansos no disfrutados’, tienen un valor inferior a la hora ordinaria de los trabajadores, por lo que entendemos que se están conculcando el mencionado artículo 35.1 del Estatuto de los Trabajadores y el acuerdo alcanzado en sede judicial.
En UGT consideramos que cuando un descanso no es disfrutado por los trabajadores, se está produciendo de facto un exceso de la jornada anual, lo que debe ser retribuido al precio de hora extraordinaria y, en ningún caso, por debajo del precio de la hora ordinaria de trabajo.
Por ello, el pasado 11 de julio presentamos un Conflicto Colectivo contra ADIF y ADIF Alta Velocidad solicitando que “se reconozca el derecho de los trabajadores a que el abono de los descansos no disfrutados se retribuya como mínimo al precio de multiplicar el número de horas que se compone el descanso no disfrutado (8 horas) por el valor de la hora ordinaria”, conforme al mencionado acuerdo del 10 de septiembre de 2012. Con ello demostramos, una vez más, que mientras otros “gesticulan”, en UGT actuamos en defensa de los intereses de los trabajadores.
En conclusión, desde UGT consideramos que el disfrute de los descansos generados por los trabajadores siempre debe primar sobre su compensación económica ya que, esta circunstancia, tiene incidencia negativa para la conciliación de la vida laboral y familiar así como para el volumen de empleo. No obstante, en caso de producirse una situación que derive en su abono, nunca deben compensarse con un precio inferior al valor de la hora ordinaria de trabajo.

 74.19.-adif.pdf


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