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¡NUEVO!
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 ¡NUEVO! Tríptico explicativo del XXIII Convenio Colectivo de Contratas Ferroviarias

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13/07/2023

80.23: Serv. Auxiliares y Att. al Cliente | Comisión Paritaria | Jornadas parciales | Acuerdo para el disfrute de los días de asuntos propios y abono Pluses transporte y vestuario

Esta mañana se ha reunido la Comisión Paritaria del V Convenio de Servicios Auxiliares y Atención al Cliente para solventar el problema del disfrute de los días de asuntos propios y el abono del Plus transporte y Plus vestuario para jornadas parciales que trabajen 3 días o menos a la semana.
Finalmente y tras varios meses de discusión sobre el tema, la Comisión Paritaria ha acordado por unanimidad que las personas trabajadoras con contratación parcial que trabajen 3 días a la semana o menos tendrán derecho al disfrute de asuntos propios según su porcentaje de jornada, teniendo en cuenta para su cálculo la jornada de contratación más las horas complementarias que realicen, quedando el derecho de la siguiente manera:
• Jornadas parciales desde el 0% al 20% de jornada con 3 días o menos de prestación de servicio tendrán derecho al disfrute de 1 día de asuntos propios anual.
• Jornadas parciales desde el 20% al 35% de jornada con 3 días o menos de prestación de servicio tendrán derecho al disfrute de 2 días de asuntos propios anuales.
• Jornadas parciales desde el 35% al 50% de jornada con 3 días o menos de prestación de servicio tendrán derecho al disfrute de 3 días de asuntos propios anuales.
• Jornadas parciales desde el 50% al 60% de jornada con 3 días o menos de prestación de servicio tendrán derecho al disfrute de 4 días de asuntos propios anuales.
• Jornadas parciales desde el 60% al 80% de jornada con 3 días o menos de prestación de servicio tendrán derecho al disfrute de 5 días de asuntos propios anuales.
• Jornadas parciales que superen el 80% de jornada con 3 días o menos de prestación de servicio tendrán derecho al disfrute de 6 días de asuntos propios anuales.
En relación al Plus transporte y el Plus vestuario para jornadas parciales que trabajen 3 días o menos a la semana con una media mensual de 15 días tendrán el derecho a percibir el importe mensual íntegro durante todo el año, a excepción del mes de vacaciones del periodo de invierno en el que se abonará el valor diario.
Desde UGT, valoramos positivamente un acuerdo que implica un nuevo avance del Convenio Colectivo al conseguir acotar las malas prácticas empresariales que, haciendo malabares, buscan fórmulas para cercenar los derechos de las personas trabajadoras.
Asimismo, en UGT hemos aprovechado la reunión para entregar una carta a la patronal instando a convocar la Comisión Paritaria para dar cumplimiento a la sentencia de la Audiencia Nacional 89/2023 (ver Comunicado 78.23), quedando convocada para el 1 de agosto.

 80.23-serv-auxiliares.pdf


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