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13/06/2023

65.23: Serv. Restauración a bordo | La Inspección da la razón a UGT | Considera desproporcionado el control de la empresa sobre la imagen de la plantilla

Largo es el tiempo que las tripulaciones de Servicios a Bordo llevan sufriendo las consecuencias de un Manual de uniformidad, creado exclusivamente por Serveo (antes Ferrovial) que a nuestro juicio vulnera varios derechos fundamentales de las personas trabajadoras, pudiendo esconder motivos discriminatorios en algunos de sus puntos.
Las tripulaciones han visto como recientemente la empresa les sancionaba o apercibía por causas bizarras como el largo del pelo, el largo de la barba, el corte y color de uñas o llevar en lugar visible un piercing o un tatuaje, entre otros motivos, con la única justificación de estar en contra de un Manual de uniformidad que, supuestamente, estaba impuesto por el cliente, RENFE.
Por ello, en septiembre de 2022, desde UGT decidimos interponer denuncia en la Inspección de Trabajo con la intención de frenar los abusos de la empresa y la vulneración de los derechos de la plantilla. La Inspección nos convocó a las partes el 13 de marzo de 2023, habiendo recibido ayer el informe por el que decide extender acta de infracción a Serveo, por considerar que “en la empresa de referencia, SERVEO SERVICIOS se aplica un Manual de Uniformidad e Imagen que contiene numerosas limitaciones al aspecto de los trabajadores que invaden de manera directa la esfera personal de los derechos fundamentales a la dignidad y a la propia imagen sin aportar ninguna justificación objetiva y razonable, necesaria, idónea ni proporcional, para ello. Estas limitaciones se indican además de manera genérica, en muchos casos, dando lugar a diversas interpretaciones y subjetividades. Por tanto, hay una vulneración flagrante de la dignidad de los trabajadores”.
Asimismo, quedó demostrado que el Manual de uniformidad impuesto por Serveo (antes Ferrovial) excede con mucho los requisitos de imagen detallados en el anejo 3 del contrato entre RENFE y la empresa, por lo que no es válida la justificación empleada por Seveo al argumentar el posible incumplimiento de las normas regidas por dicho contrato.
La Inspección cree que Serveo vulnera el art. 4.2 del E.T. que recoge: “los trabadores tienen derecho a: (…) e) Al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo”; y el art. 18 de la CE donde “Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”.
No obstante, algunas organizaciones sindicales, en un intento de atribuirse los méritos ajenos, están intentando confundir a la plantilla diciendo que ellos ya lo habían logrado en su denuncia; nada más lejos de la verdad. Su denuncia no iba más allá del tinte del pelo en las raíces y el uso del maquillaje en mujeres, por lo que hasta ayer mismo, la plantilla ha sido presionada por piercings, pendientes o tatuajes visibles. La única verdad es que ha sido UGT quien ha conseguido que se reforme TODO el Manual y parar los pies a la empresa en su desprecio por los derechos de las y los trabajadores de SAB.

 65.23-serv-a-bordo.pdf


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