SECTOR FEDERAL FERROVIARIO UGT
#soyUGT


 

#CONUGTGANAS

 

 

#ÚNETE

 



1/04/2024 GRUPO RENFE | FORMACIÓN

Accede a los nuevos cursos en UGT EntreRaíles 

Desde abril de 2024 comenzaron los nuevos cursos para la movilidad funcional comercial de nuestra plataforma ENTRERAÍLES para las convocatorias de: Operador Comercial N2 de ingreso, Operador Comercial N1, Operador Comercial N2 Especializado en Centros de Gestión.

A estos cursos, que se actualizaron para los compañeros de Renfe, los cuales contamos con más detalles  en nuestro Comunicado 101.23. Desde UGT ponemos a disposición de las personas trabajadoras que están preparando las nuestros cursos de formación en la Plataforma online ‘EntreRaíles’, tanto para nuestros afiliados de Renfe cómo de ADIF. 

Así cómo, para aquellos que quieran formar parte de estas empresas ferroviarias, tenemos material de preparación para las OPEs y OEPs de  este año, 2024. Tenéis un enlace para solicitar el acceso a la formación pinchando en este texto,  en la pesteña de Formación/Empleo,  o también podéis escanear el código QR de la imagen que se encuentra a la derecha.


02/02/2024 SECTOR FEDERAL | CONCENTRACIÓN

Categorías de ingreso. Jornada de 35 horas

Concentración en el Ministerio exigiendo el cumplimiento de los acuerdos firmados con Renfe y ADIF/ADIF AV

02 de febrero de 2024.- Como hemos venido expresando en reiterados comunicados anteriores sobre el incremento de las medidas de presión ante la evidente inacción en relación con la supresión de las categorías de ingreso en todas las empresas del Grupo Renfe, y en coordinación con los compañeros y compañeras de ADIF/ADIF AV, para participar 

25/01/2024 ADIF/ ADIF A.V. | COMITÉ GENERAL DE EMPRESA

Comité General de Empresa. Jornada 35 horas
UGT es contundente y coherente: paros, concentraciones y depuración de responsabilidades
25 de enero de 2024.- Hoy se ha reunido el Comité General de Empresa de Adif, y la mayoría de sus miembros han abogado por la unidad de acción sindical para exigir una solución YA al conflicto generado por Adif ante la gestión lamentable de la aplicación de la jornada laboral de 1536 horas:

 Comunicado 5.24

Últimos comunicados


Volver al resumen

30/07/2020

59.20: El Tribunal Supremo aclara el momento de devengar los conceptos salariales en la movilidad funcional

Ayer, tuvimos constancia sobre una sentencia que ha dictado el Tribunal Supremo con fecha 7 de julio de 2020, en la que reconoce el derecho a los trabajadores que habiendo obtenido plaza en una convocatoria de movilidad funcional, es decir, un ascenso, a devengar la diferencia salarial desde el día que se le reconoce el derecho a la categoría hasta la fecha en que efectivamente se lleve a efecto el nombramiento.
Los preceptos analizados por el Tribunal Supremo son los arts. 22, 30 y 39 del Estatuto de los Trabajadores, y por tanto la sentencia reconoce que las demoras de traslado no pueden servir de mecanismo sustitutorio para el abono de la retribución salarial correspondiente a la categoría profesional del trabajador, con independencia de que la promoción lleve aparejado un traslado de residencia o centro de trabajo. Asimismo, esto no implica que quede enervado el derecho a otras compensaciones como el derecho a la demora de traslado.
Según lo expuesto, el fallo tiene una trascendencia relevante en el conjunto de la plantilla de ADIF, dado que se han producido acciones de movilidad funcional cuyos movimientos se han demorado en el tiempo e incluso algunos aún no se han materializado, por lo que abre la puerta a los trabajadores y trabajadoras que se encuentren en esta situación.
Por ello, aquellas personas que se vean afectados por esta circunstancia, pueden reclamar estas diferencias salariales, con el condicionante que tiene que hacerse con un plazo de prescripción de un año.
Para cualquier duda o aclaración deberán ponerse en contacto con los diferentes territorios a través de los Sindicatos Ferroviarios territoriales de UGT donde os informarán del proceso a seguir.
Desde UGT, valoramos positivamente los beneficios que aporta la sentencia a los trabajadores y trabajadoras dejando claro y sin interpretaciones el momento para empezar a devengar los importes de la nueva categoría profesional.

 59.20-adif.pdf


Volver al resumen